Alcance de actividad

Estracto del CAPITULO PRIMERO, ARTICULÓ SEGUNDO de los ESTATUTOS SOCIALES de la ESCRITURA PUBLICA NUMERO 109,026 donde señala las actividades a las cuales la Organización de la Sociedad Civil VIVE, IMAGINA E INNOVA AC encamina sus recursos. 


ARTÍCULO SEGUNDO.­­­­- La Asociación tiene por objeto realizar actividades encaminadas a:

A).- ASISTENCIAL.-

La Asociación Civil es una organización sin fines de lucro que tiene como beneficiarios en todas y cada  una de las actividades asistenciales que realiza, a personas vulnerables por edad, sexo o problemas de discapacidad y tiene por objeto realizar las siguientes actividades, a fin de desarrollar su potencial humano:

   a.    La atención a requerimientos básicos de subsistencia en materia de alimentación, vestido y vivienda.

   b.    La asistencia jurídica, el apoyo y la promoción, para la tutela de los derechos de menores, así como para la readaptación social de personas que han llevado acabo conductas  ilícitas.

    c.    Orientación social, educación, capacitación para el trabajo. Entendimiento por orientación social la asesoría en materias tales como familia, la educación, la alimentación, el trabajo y la salud.

   d.   Apoyo para el desarrollo de los pueblos y comunidades indígenas.

   e.    La asistencia o rehabilitación médica o a la atención en establecimientos especializados.

    f.     La rehabilitación de alcohólicos y fármaco dependientes.

    g.   La ayuda  para servicios funerarios.

    h.   Fomento de acciones para mejorar la economía popular.

B).- EDUCATIVAS.-

  i.- Impartir enseñanza en los niveles de jardín de niños, primario,                       secundario, bachillerato y licenciatura, con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios en los términos de la Ley General de Educación.

C) CULTURALES.-

   j.- La promoción y difusión de música, artes plásticas, artes  dramáticas, danza, literatura, arquitectura y cinematografía, conforme a la Ley Federal de Cinematografía.

  k.- El apoyo a las actividades de educación e investigación artística de conformidad con lo señalado en el inciso anterior.

   l.- La protección, conservación, restauración y recuperación del patrimonio cultural de la nación, en los términos de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticos e Históricos, y la Ley General de Bienes Nacionales; así como el arte de las comunidades indígenas en todas las manifestaciones primigenias de sus lenguas, los usos y costumbres, artesanías y tradiciones de la composición pluricultural que conforman el país.

   m.- La instauración y establecimiento de bibliotecas que formen parte de la Red Nacional de Bibliotecas Públicas de conformidad con la Ley General de Bibliotecas.

  n.- El   apoyo a las actividades y objetivos de los museos dependientes de Consejo Nacional para la Cultura y las Artes.

D) BECANTE.-

  ñ.- Otorgar becas para realizar estudios en instituciones de enseñanza que tengan autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios en los términos de la Ley General de Educación o, cuando se trate de instituciones del extranjero, éstas, estén reconocidas por el  Consejo Nacional de Ciencias y Tecnología, las cuales se otorgan mediante concurso abierto al público en general y  se asignarán con base en datos objetivos relacionados con la capacidad académica del candidato.

E) ECOLOGICAS.-

   o.-  La realización de actividades de investigación o preservación de la flora o fauna silvestre, terrestre o acuática, dentro de las áreas geográficas definidas que señale el Servicio de Administración Tributaría mediante reglas de carácter general

 

  p.- Promover entre la población, la prevención y  control de la contratación del agua, del aire y del suelo, la protección al ambiente y la preservación y restauración del equilibrio ecológico.

 

F) DE DESARROLLO SOCIAL.-

   q.-  La promoción de la participación organizada de la población en las acciones que mejores sus propias condiciones de subsistencia en beneficio de la comunidad o en la promoción de acciones en materia de  seguridad ciudadana.

   r.-  Promoción de la equidad de género.

  s.-  Promoción y fomento educativo, cultural, artístico, científico y tecnológico.

   t.-  Participación en acciones de protección civil.

G) OBRAS O SERVICIOS PUBLICOS.-

Realizar obras o servicios públicos que efectúen o deban efectuar la Federación, Entidades Federativas o Municipio, previo convenio de la colaboración con las mismas, enfocadas a las siguientes actividades de desarrollo, las cuales consisten en el rescate de espacios y el mejoramiento de instituciones públicas.

 

Para efectos de cumplir el objeto social enunciativo y no limitativamente la Asociación podrá:

 

   I.- Adquirir por cualquier título derechos literarios o artísticos, relacionados con su objeto.

   II.- Obtener por cualquier título, concesiones, permisos autorizaciones o     licencias, así como celebrar cualquier clase de contratos, relacionados con el objeto anterior, con la administración pública sea federal o local.

   III.- Emitir, girar endosar, aceptar y suscribir toda clase de títulos de crédito, sin que constituyan una especulación comercial.

   IV.- Conferir toda clase de mandatos.

  V.- Adquirir toda clase de bienes muebles e inmuebles, derechos reales y personales relacionados con su objeto y para ser destinados al desarrollo del mismo.

    VI.- Contratar al personal necesario para el cumplimiento del objeto social.

  VII.- La organización de cursos, seminarios, pláticas o cualquier evento similar relacionados con su objeto social.

  VIII.-  Solicitar y obtener recursos materiales o económicos de personas, organizaciones, fundaciones, y organismos públicos y privados, para la realización de proyectos de la Asociación encaminados a cumplir con el objeto social.

   IX.-  Obtener de los particulares, organismos no gubernamentales o instituciones oficiales y privadas, nacionales o internacionales, la cooperación técnica y económica que requiera el desarrollo del objeto social.

    X.-  Celebrar convenios de colaboración con entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales para el cumplimiento de su objeto social.

    XI.- Concientizar a las personas sobre la importancia de dar tiempo y esfuerzo en la búsqueda de una mejoría de la calidad de vida a través del voluntariado.

  XII.- La organización y dirección de cursos, seminarios, talleres, mesas redondas, jornadas, congresos, sobre todo los temas relacionados con el objeto social de la Asociación, al igual que festivales, exposiciones, museografías y eventos culturales y recreativos. Así como la organización y dirección de intercambios culturales, educativos, pedagógicos y artísticos a nivel nacional e institucional. LA Asociación Civil no persigue fines de lucro y las actividades que tendrán como finalidad primordial el cumplimiento de su objeto social, por lo que no podrá intervenir en campañas políticas ni en actividades de propaganda.


"Colaborar juntos incrementa el alcance de nuestro éxito"